Documentación
- Capitulaciones Matrimoniales
- Compraventa de bienes inmuebles
- Compraventa de acciones o participaciones en sociedades mercantiles
- Constitución de Sociedades
- Actas de declaración de herederos abintestato
- Herencias
- Sucesión Testamentaria
- Testamentos
- Poderes
Capitulaciones Matrimoniales.
- si es de solteros que van a contraer matrimonio: D.N.I. de los dos
- si es de casados : DNI de ambos y libro de familia. Si además van a hacer liquidación de la sociedad de gananciales: títulos de los bienes que vayan a liquidar esquema de valores y repartos .
Compraventa de bienes inmuebles.
- DNI de comprador y vendedor; si son Sociedades los poderes correspondientes o la vigencia del cargo del Representante.
- Título original ( escritura) de propiedad de los vendedores.
- Certificado que se encuentre al corriente en el pago de los gastos de la Comunidad.
- Último recibo del I.B.I.
- Gastos : A cargo del comprador el impuesto y los gastos de Notaría y Registro. A cargo del vendedor la Plus valía.
Compraventa de acciones o participaciones en sociedades mercantiles.
- Título de propiedad del vendedor.
- D.N.I. compradores y vendedores y en su caso poderes de la sociedad o vigencia del cargo del representante.
- Estatutos de la sociedad emisora de las acciones o participaciones.
Constitución de Sociedades.
- DNI socios constituyentes, en el caso de sociedades poderes de su representante.
- certificación de denominación vigente (2 meses desde la fecha de emisión)
- certificación bancaria de ingreso del capital social desembolsado vigente (2 meses desde la fecha de emisión)
- Capital mínimo en S.L.N.E. 3.012 €, Máximo 120.202 €
- Para iniciar los trámites de constitución de una S.L.N.E. deberá dirigirse al CIRCE.
- Capital mínimo en una S.R.L., 3.005,06 €
- Capital mínimo en una S.A., 60.101,21 €
El CIF lo puede soclicitar la propia Notaría obteniendo el provisional al instante de la firma. También lo pueden solicitar por anticipado en la correspondiente delegación de hacienda o bien una vez constituida la sociedad con la copia simple de la escritura de constitución.
Actas de declaración de herederos abintestato.
Notario hábil para actuar: el del lugar en que hubiera tenido el causante su último domicilio en España.
- D.N.I. del que promueve el acta que tiene que ser descendiente, ascendiente o cónyuge del difunto (basta con que sea una sola persona para el acta, aunque para la herencia tendrán que firmar todos los declarados herederos).
- certificado de defunción certificado Ultimas Voluntades.
- certificado literal de matrimonio del difunto si estaba casado.
- certificados literales de nacimiento de los hijos libro de familia.
- D.N.I. o certificado de empadronamiento del difunto para comprobar último domicilio 2 testigos que conocieran al difunto.
- Plazo: 6 meses desde fallecimiento.
Incoado el acta, hay que esperar 20 días, transcurridos los cuales se puede hacer la aceptación de herencia.
Herencias.
Certificado de defunción y de Últimas Voluntades.
- Copia autorizada del testamento.
- Datos de los herederos.
- Bienes del causante o fallecido ( si son bienes inmuebles, aportar el IBI, si son cuentas corrientes…, aportar certificados bancarios).
- Debe formalizarse en el plazo de 6 meses desde el fallecimiento.
Sucesión Testamentaria.
- Plazo 6 meses desde fallecimiento
- Certificado de defunción y últimas voluntades
- Copia autorizada del testamento
- Datos de los herederos
- Títulos que acrediten la propiedad de los bienes:
- en Inmuebles el I.B.I.
- en valores mobiliarios, cuentas corrientes, etc.: certificados y extractos bancarios
Testamentos.
- D.N.I. testador
- Filiación completa que incluye fecha y lugar de nacimiento, nombres de los padres y si viven, estado civil, y en su caso, nombre del cónyuge, y nombres de los hijos o en su caso ascendientes.
Poderes.
- GENERALES: D.N.I. del poderdante, datos del apoderado nombre, estado civil, domicilio y D.N.I. si se conoce con certeza.
- PARA PLEITOS: D.N.I. del poderdante, nombre de letrados y procuradores y colegio al que pertenecen.
- DE SOCIEDAD MERCANTIL: poderes del representante y los datos del apoderado.